ARTICULO 103 Bis 5.- La investigación científica, innovación, desarrollo tecnológico y aplicaciones del genoma humano, estarán orientadas a la protección de la salud, prevaleciendo el respeto a los derechos humanos, la libertad y la dignidad del individuo; quedando sujetos al marco normativo respectivo.
(ADICIONADO, D.O.F. 16 DE NOVIEMBRE DE 2011)
Structure Ley General de Salud