ARTÍCULO 5.- La Secretaría publicará cada año la lista del personal temporal, nombrado conforme al artículo 7o. de la Ley. En dicho documento figurarán, por orden de rango y antigüedad en la designación, los nombres del personal temporal en cada una de las ramas del Servicio Exterior, el lugar y fecha de su nacimiento, la adscripción en que se encuentren, las adscripciones anteriores y los cargos desempeñados en la Secretaría y en el Servicio Exterior, así como los estudios superiores realizados, títulos académicos obtenidos, e idiomas que tengan acreditados. Igualmente consignará el número de dependientes económicos de cada uno de ellos.
Structure Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano