ARTÍCULO 45.- El Secretario, por recomendación de la Comisión de Personal y sujeto a la disponibilidad de plazas, convocará anualmente durante el mes de julio, a concursos de ascenso a los rangos de ministro, consejero, primer secretario y segundo secretario en la rama diplomático-consular, y a las de coordinador administrativo y agregado administrativo C” en la rama técnico-administrativa, de conformidad con los artículos 34, 37 y 38 de la Ley. La convocatoria será publicada en el Diario Oficial de la Federación y circulada a todas las representaciones de México en el exterior.
La etapa de entrevistas de los concursos de ascenso para cada uno de los rangos se realizará en fechas distintas, con el fin de evitar que las representaciones se encuentren sin el personal de carrera necesario para su adecuado funcionamiento.
Structure Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano