ARTÍCULO 40.- Cuando resulte posible la realización de concursos de ingreso conforme al artículo 34 de la Ley, serán anunciados en la misma fecha que el Concurso General de Ingreso a que se refiere el artículo 28 de la Ley y se desarrollarán en los siguientes términos:
I.- Los aspirantes deberán inscribirse al Concurso General de Ingreso anual, señalando su intención de participar en el Concurso de Ingreso por artículo 34 de la Ley y el rango al que aspiran. Quienes así se inscriban, participarán únicamente en las etapas que señala dicho artículo;
Il.- En caso de aprobar las etapas correspondientes, deberán inscribirse al concurso de ascensos inmediatamente posterior al de ingreso general en que participaron, para concursar por una plaza al rango al que aspiraron, señalando que su participación se fundamenta en el artículo 34 de la Ley;
III.- Los participantes en los concursos de ascenso por artículo 34 de la Ley deberán presentar a la Subcomisión de Evaluación, informes de desempeño elaborados por quien o quienes hayan fungido como sus superiores jerárquicos durante los últimos 2 años. Dichos informes deberán reflejar criterios iguales o similares a los aplicados a los miembros del Servicio Exterior de carrera en la evaluación de sus expedientes; y,
IV.- Los participantes serán seleccionados con base en los resultados que obtengan en los exámenes de ascenso a que se refiere el artículo 49 de este Reglamento. En igualdad de circunstancias, la mayor antigüedad en la Secretaría será definitoria.
Dentro de un término que no excederá de seis meses, quienes ingresen al Servicio Exterior al rango de consejero, y una vez que reciban su nombramiento, serán comisionados a una adscripción de tipo consular, si no demuestran haberla cubierto con anterioridad en los términos de la Ley y de este Reglamento.
Para los fines de la Ley y de este Reglamento, por adscripción de tipo consular se entenderá exclusivamente:
a) Un Consulado General;
b) Un Consulado de Carrera;
c) Una Agencia Consular;
d) Una Sección Consular;
e) La Dirección General de la Secretaría encargada de los Asuntos Consulares;
Inciso reformado DOF 24-05-2005, 15-10-2012
f) La Dirección General encargada de coordinar a las delegaciones foráneas y metropolitanas de la Secretaría, así como dichas delegaciones;
Inciso adicionado DOF 24-05-2005. Reformado DOF 15-10-2012
g) La Dirección General encargada de la Protección de los Mexicanos en el Exterior, y
Inciso adicionado DOF 15-10-2012
h) El Instituto de los Mexicanos en el Exterior.
Inciso adicionado DOF 15-10-2012
Para los efectos de la Ley y de este Reglamento, la adscripción de tipo consular deberá tener una duración mínima de 2 años, pudiendo cubrirse en una o más adscripciones.
No podrán participar en concursos de ingreso lateral, quienes sean o hayan sido miembros del Servicio Exterior de carrera en la rama diplomático-consular durante los cinco años anteriores a la fecha de realización del concurso al que pretendan presentarse.
Structure Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano