Art. 1,414 Bis 12. Tanto en la demanda como en la contestación a la misma, las partes tienen la obligación de ser claras y precisas. En esos mismos escritos deberán ofrecer todas sus pruebas relacionándolas con los hechos que pretendan probar y presentar todos los documentos respectivos, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo anterior.
(ADICIONADO, D.O.F. 23 DE MAYO DE 2000)
Structure Código de Comercio