Artículo 5.
1. Los diputados y diputadas tendrán los mismos derechos, obligaciones y prerrogativas, sin importar su filiación política o sistema de elección.
2. Los diputados y diputadas no gozarán de remuneración adicional por el desempeño de sus tareas, comisiones o cualquier otra responsabilidad derivada de su cargo.
Sección Primera
Derechos de Diputados y Diputadas
Structure Reglamento de la Cámara de Diputados
Artículo 5