Artículo 175.
1. En las reuniones de las comisiones, los asuntos se tratarán, preferentemente, en el orden siguiente:
I. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día;
II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la Reunión anterior;
III. Proyectos de dictamen para discusión y votación de:
a) Iniciativas presentadas por el Titular del Poder Ejecutivo Federal;
b) Minutas;
c) Iniciativas y proposiciones a nombre del Grupo;
d) Iniciativas presentadas por diputados, diputadas, senadores, senadoras, legislaturas de los Estados;
(ADICIONADO, D.O.F. 20 DE ABRIL DE 2011)
e) Opiniones;
f) Proposiciones con Punto de Acuerdo;
IV. Informes de las subcomisiones y grupos de trabajo;
V. Asuntos turnados por la Mesa Directiva;
VI. Proyectos de oficios y comunicaciones;
VII. Proyectos de acuerdo para conocimiento;
VIII. Avisos de vencimiento de término, y
IX. Asuntos Generales.
Sección Décima Segunda
Proceso de Dictamen
Structure Reglamento de la Cámara de Diputados