ARTÍCULO 66.- Los individuos que sean sostén de familia podrán comprobar que se encuentran por esa causa exceptuados del servicio de las armas, con todos los medios de prueba que reconoce la Legislación Federal.
Las autoridades encargadas del reclutamiento tendrán la facultad de apreciar las pruebas.
Structure Reglamento de la Ley del Servicio Militar