CAPÍTULO IX
ARTÍCULO 71.- Los sorteos serán públicos, debiendo verificarse en el...
ARTÍCULO 72.- Los sorteos se verificarán ante la presencia de...
ARTÍCULO 73.- El Secretario de la Junta levantará por cuadruplicado...
ARTÍCULO 74.- Todos los mexicanos de 18 años domiciliados en...
ARTÍCULO 75.- Reunido el contingente, el Presidente de la Junta...
ARTÍCULO 76.- Se proporcionará en el acto a cada uno...
ARTÍCULO 77.- En presencia de todos los asistentes al sorteo...
ARTÍCULO 78.- El Presidente de la Junta designará a un...
ARTÍCULO 79.- Los jóvenes cuyos números ordinales vayan del uno...
ARTÍCULO 80.- El hecho de que contra el sorteo o...
ARTÍCULO 81.- Los Inspectores Militares estarán facultados bajo su responsabilidad...