ARTÍCULO 162.- Las tarjetas índices se archivarán por orden alfabético. Las fichas dactiloscópicas se catalogarán y archivarán de acuerdo con las disposiciones que dicte la Secretaría de la Defensa Nacional, conforme al sistema "Vusetich", empleándose en la clasificación secundaria el “trazo" o "raya de Galton" y los elementos de subclasificación que la práctica aconseje.
Structure Reglamento de la Ley del Servicio Militar