Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Artículo 38

Artículo 38. El Centro de Educación y Capacitación para el Desarrollo Sustentable tiene las atribuciones siguientes:

I. Promover mecanismos y directrices de coordinación y vinculación institucional en educación ambiental con un enfoque intercultural y de derechos humanos reconocidos a cada sector social, incluidos los derechos de la mujer, la igualdad de género y la no discriminación, y los derechos de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, dirigidos al Sector, así como con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con los gobiernos de las entidades federativas, municipios, demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, y de diversos sectores sociales de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;

II. Diseñar, desarrollar, coordinar, promover y asesorar programas y proyectos en los temas estratégicos que defina la Secretaría, para la población y los sectores estratégicos del medio ambiente en materia de educación ambiental, con un enfoque intercultural y de derechos humanos reconocidos a cada sector social, incluidos los derechos de la mujer, la igualdad de género, la no discriminación, así como los derechos de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, que contribuya a la mitigación y adaptación del cambio climático y protección al medio ambiente, de acuerdo con su competencia y los instrumentos derivados del marco de planeación y de política ambiental y de cambio climático, con la participación del Sector;

III. Participar con la Secretaría de Educación Pública y otras instancias educativas, públicas y privadas, en el ámbito de sus atribuciones, en el establecimiento de programas y estrategias de educación ambiental, diseño de procesos de gestión ambiental y formación docente, y materiales educativos y de comunicación, en los diversos niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional, con el fin de fomentar la educación ambiental con un enfoque intercultural y de derechos reconocidos a cada sector social, incluidos los derechos de la mujer, la igualdad de género, la no discriminación, así como los derechos de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas;

IV. Promover, realizar y coordinar proyectos y acciones de educación ambiental y capacitación para el desarrollo sustentable, con un enfoque intercultural y de derechos humanos reconocidos a cada sector social, incluidos los derechos de la mujer, la igualdad de género, la no discriminación, así como los derechos de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, para el fortalecimiento institucional de la Secretaría;

V. Asesorar, coordinar, diseñar estrategias, programas y acciones de vinculación y difusión de la cultura y educación ambiental, con un enfoque intercultural y de derechos humanos a partir de la vinculación con la ciudadanía en sus territorios;

VI. Promover con los centros de investigación científica, de educación superior, el Sector y entidades afines, estudios e investigación participativa aplicada, con un enfoque intercultural y de derechos humanos reconocidos a cada sector social, incluidos los derechos de la mujer, la igualdad de género, la no discriminación, así como los derechos de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, y contribuyan a la atención y solución de los problemas socio ambientales y al desarrollo sustentable;

VII. Diseñar, promover, convocar, organizar y desarrollar certámenes y reconocimientos que establezca la Secretaría y, en su caso, fungir como Secretaría Técnica en los comités de evaluación y selección de dichos certámenes y reconocimientos;

VIII. Apoyar y promover la formación de personas educadoras y facilitadoras ambientales, especialmente comunitarias, así como la organización de redes de personas, organizaciones, centros de educación ambientales y recreativos, e instituciones que desarrollan proyectos de educación, vinculación y difusión de la cultura ambiental y otras materias competencia de la Secretaría;

IX. Promover y coordinar, con el apoyo de las unidades administrativas competentes de la Secretaría, la suscripción de acuerdos y convenios de colaboración, coordinación y cooperación internacional para la obtención de financiamientos, donaciones y comodatos ya sean monetarios o materiales, en apoyo a programas y proyectos de educación, capacitación, comunicación y difusión en las materias competencia de la Secretaría;

X. Coordinar la definición de lineamientos, parámetros e indicadores en materia de educación y cultura ambiental y de vinculación educativa para articular procesos vinculados con un enfoque intercultural y de derechos humanos reconocidos a cada sector social, incluidos los derechos de la mujer, la igualdad de género, la no discriminación, así como los derechos de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, con apoyo del Sector, y otras instancias de la Administración Pública Federal, y

XI. Establecer y proponer lineamientos y procedimientos para la profesionalización del Centro Regional de Educación y Capacitación para el Desarrollo Sustentable, así como para personas educadoras ambientales, y capacitación a las personas interesadas en la solución de problemáticas socioambientales, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables con un enfoque intercultural y de derechos humanos.

El Centro de Educación y Capacitación para el Desarrollo Sustentable, para el ejercicio de sus atribuciones, se auxiliará del Centro Regional de Educación y Capacitación para el Desarrollo Sustentable.

SECCIÓN OCTAVA

DE LAS ATRIBUCIONES DE LA COORDINACIÓN EJECUTIVA DE VINCULACIÓN INSTITUCIONAL