ARTÍCULO 46C.- Si al momento de la entrega del vehículo el usuario detecta faltantes o averías que no consten en el inventario del vehículo objeto del servicio, deberá hacerlo constar en el apartado de observaciones del mismo, debiendo presentar su queja ante el Centro SCT o el Departamento de Autotransporte Federal de la jurisdicción que corresponda, dentro de los quince días siguientes, quien citará a las partes en un término no mayor de 5 días hábiles para procurar una conciliación; en caso de no llegar a ésta, deberá emitir la resolución que corresponda en un término máximo de 15 días hábiles, contados a partir de esa fecha.
Structure Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares