ARTÍCULO 45D.- Si al momento de establecerse el rol de servicios, los permisionarios no logran llegar a un acuerdo, la Secretaría fijará un plazo improrrogable de diez días hábiles para que de común acuerdo los mismos establezcan el rol y sometan a su consideración el documento que lo contenga, apercibiéndolos de que en caso de no hacerlo, será la Secretaría quien determinará el rol del servicio, y se procederá a notificar a todos los permisionarios autorizados.
Structure Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares