ARTÍCULO 39.- Atendiendo al tipo de mercancías y de los vehículos, cuyas características y especificaciones técnicas se determinen en la norma correspondiente, el servicio de autotransporte federal de carga se clasifica en:
I. Carga general, y
II. Carga especializada.
Structure Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares