Artículo 286
1. Las delegaciones del Senado adoptan sus resoluciones por consenso; de no ser posible éste, por mayoría de votos de sus integrantes.
2. En asuntos trascendentes, cuya urgencia o gravedad lo ameritan, y siempre que sea posible, el presidente consulta a los órganos competentes del Senado el sentido de la participación de la delegación.
3. En caso de que en el evento al que asista una delegación se tomen resoluciones que impliquen alguna obligación para el Senado, se deben someter a la ratificación del Pleno para que surtan efectos.
Structure Reglamento del Senado de la República
Artículo reformado dof 19-12-2017
Artículo 56 bis la ciudadana acreedora al reconocimiento
Artículo adicionado dof 05-03-2013
Artículo reformado dof 23-05-2018
Artículo derogado dof 09-10-2017
Artículo reformado dof 14-03-2017
Artículo reformado dof 13-04-2018
Artículo reformado dof 20-12-2010
Artículo derogado dof 14-03-2017 seccion novena de la