Artículo 140
1. Todas las convocatorias a reuniones de comisiones deben contener:
I. Nombre de la comisión o comisiones que se convocan;
II. Fecha, hora y lugar de la reunión;
III. Tipo de la reunión, ya sea ordinaria o extraordinaria, de comisiones unidas o en conferencia;
IV. El proyecto de Orden del Día; y
V. Rúbrica del Presidente de la Junta Directiva o, en su caso, de quien convoca.
2. Junto con la convocatoria se envían a los integrantes de cada comisión los documentos que sustentan el desahogo del Orden del Día.
Structure Reglamento del Senado de la República
Artículo reformado dof 19-12-2017
Artículo 56 bis la ciudadana acreedora al reconocimiento
Artículo adicionado dof 05-03-2013
Artículo reformado dof 23-05-2018
Artículo derogado dof 09-10-2017
Artículo reformado dof 14-03-2017
Artículo reformado dof 13-04-2018
Artículo reformado dof 20-12-2010
Artículo derogado dof 14-03-2017 seccion novena de la