Artículo 163
1. El procedimiento legislativo a que se refiere este Reglamento se ocupa del trámite de:
I. Las iniciativas que son presentadas directamente ante el Senado o ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión cuando señalan al propio Senado como Cámara de origen;
II. Los proyectos que recibe el Senado en su condición de Cámara revisora por parte de la colegisladora;
III. Las iniciativas del Presidente de la República para obtener permiso a fin de ausentarse del territorio nacional por más de siete días; y
IV. (Se deroga).
Fracción derogada DOF 09-10-2017
2. Cuando se presenta al Senado alguna iniciativa que conforme al artículo 72 de la Constitución debe discutirse primero en la Cámara de Diputados, el Presidente la remite a la colegisladora y da cuenta de ello al Pleno y a su autor.
Structure Reglamento del Senado de la República
Artículo reformado dof 19-12-2017
Artículo 56 bis la ciudadana acreedora al reconocimiento
Artículo adicionado dof 05-03-2013
Artículo reformado dof 23-05-2018
Artículo derogado dof 09-10-2017
Artículo reformado dof 14-03-2017
Artículo reformado dof 13-04-2018
Artículo reformado dof 20-12-2010
Artículo derogado dof 14-03-2017 seccion novena de la