Artículo 15
1. La suplencia en el ejercicio del cargo de senador se hace efectiva cuando el propietario:
I. No acude a asumir el cargo dentro del término constitucional establecido;
II. Se encuentra física o legalmente impedido para desempeñarlo;
III. Solicita y obtiene licencia;
IV. Deja de asistir a diez sesiones consecutivas del Pleno sin licencia o causa justificada;
V. Desempeña comisión o empleo de la Federación, de los Estados, de los Municipios, de la Ciudad de México, de las Alcaldías, o de cualquier otro ente público, por los cuales se disfruta remuneración, sin la licencia correspondiente; y
Fracción reformada DOF 14-03-2017
VI. Opta por el ejercicio de otro cargo de elección popular en los términos del artículo 125 de la Constitución.
SECCION TERCERA
DE LAS VACANTES
Structure Reglamento del Senado de la República
Artículo reformado dof 19-12-2017
Artículo 56 bis la ciudadana acreedora al reconocimiento
Artículo adicionado dof 05-03-2013
Artículo reformado dof 23-05-2018
Artículo derogado dof 09-10-2017
Artículo reformado dof 14-03-2017
Artículo reformado dof 13-04-2018
Artículo reformado dof 20-12-2010
Artículo derogado dof 14-03-2017 seccion novena de la