Artículo 46.- Las funciones de la Oficina de Trabajo Social tenderán a:
I. Fomentar la adecuada relación interpersonal de los internos con sus compañeros y su familia;
II. Brindar orientación y apoyo al interno y a sus familiares, a fin de que le sean autorizadas las visitas que solicite y que procedan de acuerdo con las disposiciones aplicables;
III. Informar al Titular del Área Técnica aquellas circunstancias que hagan desaconsejable la visita de alguna persona por tener efectos negativos sobre el adecuado desarrollo del interno;
IV. Informar al Jefe del Departamento de Observación y Clasificación la respuesta del interno a la visita familiar y a la íntima, así como cualquier cambio en la dinámica de las mismas;
V. Promover y gestionar la regularización del estado civil del interno, así como el registro de sus hijos ante la autoridad competente, y
VI. Ejecutar en el ámbito de sus atribuciones las determinaciones emanadas del Consejo.
Structure Reglamento de los Centros Federales de Readaptación Social
Capítulo I de las disposiciones generales
Capítulo II de las autoridades
Capítulo III de las atribuciones
Capítulo IV del consejo técnico interdisciplinario
Capítulo V del ingreso y del registro
Capítulo VIII de los servicios Médicos
Capítulo IX del régimen interno