Artículo 44.- Las actividades técnicas de educación se programarán de acuerdo con las posibilidades del Centro Federal, así como con el grado de escolaridad, capacidad para el aprendizaje, intereses, habilidades y aptitudes del interno y comprenderán las áreas escolar, cultural, deportiva y recreativa.
Structure Reglamento de los Centros Federales de Readaptación Social
Capítulo I de las disposiciones generales
Capítulo II de las autoridades
Capítulo III de las atribuciones
Capítulo IV del consejo técnico interdisciplinario
Capítulo V del ingreso y del registro
Capítulo VIII de los servicios Médicos
Capítulo IX del régimen interno