Artículo 38.- La clasificación de los internos en el Centro Federal deberá ser estricta. Los internos podrán ser cambiados de estancia por razones de seguridad y de operación.
Structure Reglamento de los Centros Federales de Readaptación Social
Capítulo I de las disposiciones generales
Capítulo II de las autoridades
Capítulo III de las atribuciones
Capítulo IV del consejo técnico interdisciplinario
Capítulo V del ingreso y del registro
Capítulo VIII de los servicios Médicos
Capítulo IX del régimen interno