ARTÍCULO 58. El IMSS, el INFONAVIT y el ISSSTE determinarán en los convenios que celebren con las Entidades Receptoras, las comisiones máximas que podrán cobrar estas Entidades a dichos Institutos de Seguridad Social, por la recaudación de las cuotas y aportaciones de los Trabajadores.
Structure Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro