Artículo 222. Serán considerados de confianza las y los servidores y personas empleadas del Tribunal Electoral adscritas a las oficinas de los magistrados y magistradas y aquellas personas que tengan la misma categoría o una similar a las señaladas en los artículos 160 y 161 de esta Ley, respectivamente. Todas y todos los demás serán considerados de base.
Structure Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación