Artículo 168. La Sala Superior nombrará a un secretario o secretaria general de acuerdos y a un subsecretario o subsecretaria general de acuerdos, a los secretarios, secretarias, actuarios, actuarias, así como al personal administrativo y técnico que se requiera para su buen funcionamiento, conforme a los lineamientos que dicte la Comisión de Administración.
SECCIÓN 2a.
DE SUS ATRIBUCIONES
Structure Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación