Artículo 207. Durante los procesos electorales, no se pagarán horas extras, pero se preverán en el presupuesto las compensaciones extraordinarias que deban otorgarse a las y los servidores y personal del Tribunal de acuerdo con los horarios y cargas de trabajo que hubiesen desahogado.
Structure Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación