Artículo 105. Las Contralorías de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Consejo de la Judicatura Federal y del Tribunal Electoral tendrán a su cargo las facultades de control y la inspección del cumplimiento de las normas de funcionamiento administrativo que rijan a los órganos y personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Structure Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación