Artículo 221. Todas y todos los servidores públicos y personas empleadas del Tribunal Electoral se conducirán con imparcialidad y velarán por la aplicación irrestricta de los principios de constitucionalidad y legalidad en todas las diligencias y actuaciones en que intervengan en el desempeño de sus funciones y tendrán la obligación de guardar absoluta reserva sobre los asuntos que sean competencia del Tribunal.
SECCIÓN 8a.
DEL PERSONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL
Structure Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación