Artículo 264. De las autoridades directivas
Las autoridades directivas de los planteles de educación promoverán que se trabaje en cooperación con madres, padres, ascendientes, personas que ejercen la tutela o la custodia y con organizaciones de la sociedad civil a fin de promover el valor de la justicia; de la observancia de la ley y de la igualdad de las personas ante ésta; propiciar la cultura de la legalidad, de la paz y la no violencia en cualquier tipo de sus manifestaciones; así como el conocimiento de los derechos humanos y el respeto a los mismos.
Structure Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Artículo 264