Artículo 112. Prescripción de la medida de sanción por sustracción
Cuando la persona adolescente sujeto a una medida de sanción privativa de libertad se sustraiga de ella, se necesitará para la prescripción el mismo tiempo que faltaba para cumplirla, más una cuarta parte de la medida impuesta. En este caso, el plazo para la prescripción no podrá ser menor de un año.
Structure Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes