Artículo 236. Reglamento del Centro de Internamiento
El régimen interior de los Centros de Internamiento estará regulado por un Reglamento que deberá incluir, por lo menos las siguientes disposiciones:
I. Los derechos, de las personas adolescentes en internamiento;
II. Las responsabilidades y deberes de las personas adolescentes al interior de los Centros;
III. Las atribuciones y responsabilidades de los servidores públicos adscritos a los Centros;
IV. Las conductas que constituyan faltas y las medidas disciplinarias a las que den lugar, señalando con claridad la intensidad y la duración de las mismas, así como los procedimientos para imponerlas;
V. Los procedimientos de autorización, vigilancia y revisión para visitantes, así como para la revisión de dormitorios y pertenencias;
VI. Los lineamientos para la visita familiar;
VII. Las condiciones de espacio, tiempo, higiene, privacidad y periodicidad, para que las personas adolescentes puedan recibir visita íntima;
VIII. Los lineamientos y procedimientos para que las personas adolescentes puedan ser propuestos para modificación de las medidas impuestas, en su beneficio;
IX. La organización de la Unidad de Internamiento;
X. Los lineamientos y requisitos para el otorgamiento de los servicios educativos, de capacitación laboral, deportivos y de salud, y
XI. Los horarios y lineamientos generales para el otorgamiento del servicio de alimentación que en ningún caso será negado ni limitado.
Structure Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes