Artículo 76.- La Secretaría hará uso de los medios legales necesarios, incluyendo el auxilio de la fuerza pública, para lograr la adopción de medidas provisionales, la ejecución de sanciones y la aplicación de las providencias de seguridad que procedan.
Structure Reglamento de la Ley Federal de Variedades Vegetales
Capítulo II de la protección de los derechos
Capítulo IV de la calificación
Capítulo V de la constancia de presentación
Capítulo VI del otorgamiento y transmisión del título
Capítulo VII de las licencias de emergencia
Capítulo VIII del registro nacional de variedades vegetales
Capítulo IX de la nulidad y revocación
Capítulo X de las visitas de verificación
Capítulo XI de las medidas provisionales