ARTÍCULO 7o.- El Archivo Central es el lugar destinado a la conservación y custodia de todas las existencias de archivo, concentradas, y depende directamente del Director. Se compone de ocho grupos, de los cuales, los primeros siete llevarán respectivamente los nombres de las materias fundamentales del Cuadro Clasificador, y el octavo se denominará grupo de Catálogos. A cada uno de los primeros se destinará un salón especial o el número de salones que sea necesario, y tendrán a su cargo la formación, clasificación, catalogación y manejo de los expedientes de su respectiva clase; el último grupo, en combinación con los demás, se encargará de la formación y manejo de los catálogos generales, y de uno especial, de acciones de guerra, ordenado por Estados, y se instalará en el salón que ocupe el grupo de Organización y Movilización de Fuerza.
Structure Reglamento de la Dirección de Archivo Militar