ARTÍCULO 103.- Reunida toda la documentación, se procederá a examinarla para seleccionar la que pertenece a la persona cuyo expediente se trata de organizar, separando el resto y cuidando de no mezclar los documentos pertenecientes a homónimos. En seguida se ordenará la documentación por asuntos completos, de acuerdo con el desarrollo de éstos y conforme a las instrucciones contenidas en el Manual de clasificación y catalogación decimal. Cada asunto llevará una portada en la que se indicará la materia que trate, y al principio del expediente se formará un índice de los asuntos que contenga, citando de tales a cuales fojas se encuentran.
Structure Reglamento de la Dirección de Archivo Militar