ARTÍCULO 113.- En los archivos locales, el Jefe de la Mesa 1ª ejercerá las funciones de Subjefe y substituirá al Jefe del mismo en sus faltas temporales o accidentales, teniendo facultad para firmar en tales casos los pedidos de expedientes y la correspondencia. Rendirá diariamente al Jefe del archivo el parte de asistencia del personal, así como el de las demás novedades que ocurrieren.
Structure Reglamento de la Dirección de Archivo Militar