ARTÍCULO 108.- De las circunstancias anteriormente expuestas que hibieren ocurrido, rendirá parte por escrito la Mesa 3ª al Jefe del archivo local, al devolver organizados los expedientes que para el efecto se le turnaron, a fin de que éste dé cumplimiento a lo que haya lugar, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos anteriores.
Structure Reglamento de la Dirección de Archivo Militar