ARTÍCULO 129.- Periódicamente, cuando el Director del Archivo lo juzgue conveniente, designará comisiones de Inspectores que practiquen visitas a los diversos archivos de la Secretaría, tanto locales como foráneos. Estas visitas tendrán por objeto:
I.- Cerciorarse del buen funcionamiento de estas oficinas.
II.- Cuidar de que el sistema sea uniforme en todos los archivos, tomando por base la clasificación decimal que se usa en la Secretaría y las disposiciones contenidas en el Manual de clasificación y catalogación y en el presente Reglamento.
Structure Reglamento de la Dirección de Archivo Militar