ARTÍCULO 112.- El personal que constituye la planta de la Dirección de Archivo Militar, se ajustará conforme a las necesidades del servicio en cada oficina, y además de los Jefes y oficiales, se designarán cinco individuos de la clase de tropa, como ordenanzas del Detall y archivo central y uno o dos para cada archivo local, según su movimiento y necesidades.
Structure Reglamento de la Dirección de Archivo Militar