ARTICULO 31.- Son atribuciones específicas de la Dirección General Adjunta de Análisis y Estudios Económicos, las siguientes:
(REFORMADA, D.O.F. 22 DE DICIEMBRE DE 2015)
I. Integrar las fechas propuestas de publicación de los indicadores económicos de coyuntura y de la Información de Interés Nacional que genera el Instituto, que se incorporarán al calendario anual de difusión de la información estadística y geográfica y de Interés Nacional del Instituto;
(REFORMADA, D.O.F. 22 DE DICIEMBRE DE 2015)
II. Elaborar notas informativas utilizando la información generada por el Instituto, en coordinación con la Dirección General Adjunta de Comunicación;
III. Diseñar y elaborar estudios econométricos que permitan generar estadística económica derivada que complemente la información producida por otras Unidades Administrativas del Instituto;
IV. Realizar el análisis estadístico de series de tiempo económicas, así como, investigar y seleccionar las metodologías relacionadas con el ajuste estacional de las series;
(REFORMADA, D.O.F. 3 DE JUNIO DE 2011)
V. Diseñar y operar el Sistema de Indicadores Cíclicos: coincidente y adelantado y sus componentes;
(REFORMADA, D.O.F. 3 DE JUNIO DE 2011)
VI. Integrar el Calendario Anual de Publicación de Información de Interés Nacional;
(REFORMADA, D.O.F. 3 DE JUNIO DE 2011)
VII. Elaborar las notas de prensa sobre indicadores económicos de coyuntura;
(ADICIONADA, D.O.F. 3 DE JUNIO DE 2011)
VIII. Llevar a cabo las actividades de integración, revisión y validación, de la información generada por el Instituto para los Informes de Ejecución y de Gobierno de la Presidencia de la República, y
(ADICIONADA, D.O.F. 3 DE JUNIO DE 2011)
IX. Las facultades que expresamente le otorga a su Titular el artículo 13 de este Reglamento.
Structure Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía