ARTÍCULO 58. La Comisión Consultiva de Política Exterior constituirá un órgano institucional de asesoría del Secretario; se regirá por los lineamientos que al efecto emita el Titular del Ramo y quedará integrada por los Embajadores Eméritos y demás unidades y miembros que aquél designe. La comisión tendrá las atribuciones siguientes:
I. Asesorar al Secretario en materia de política exterior, y
II. Aquellas otras que le asigne el Secretario.
Structure Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores