Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores
Artículo 42

ARTÍCULO 42. Corresponde a la Dirección General del Acervo Histórico Diplomático:

I. Dirigir y coordinar la gestión documental de la Secretaría con base en la normatividad vigente y aplicable en  materia  de  organización,  conservación,  uso,  acceso  y  valoración  de  los  archivos  producidos  por  las unidades administrativas  y por las representaciones  de México en el exterior, a través del Comité Permanente de Selección Documental;

II. Diseñar, planear y ejecutar la modernización de los acervos documentales y los procesos técnicos de conservación  y restauración,  así como organizar  y coordinar  los servicios de orientación,  préstamo,  consulta de expedientes y la difusión de los fondos documentales del Archivo Histórico “Genaro Estrada”;

III. Realizar investigaciones sobre historia de las relaciones internacionales de México, utilizando fundamentalmente  el acervo documental  de la Secretaría,  así como establecer  vínculos de colaboración  con instituciones académicas nacionales y extranjeras para realizar proyectos conjuntos de investigación;

IV. Desempeñar las funciones de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Editorial;

V. Registrar la publicación de libros que tengan previsto realizar las unidades administrativas,  así como las representaciones   diplomáticas  y  consulares,  para  hacerlas  del  conocimiento  de  la  Comisión  Editorial  de la Secretaría;

VI.  Preparar  y  ejecutar  el  programa   de  publicaciones   del  Acervo  Histórico  Diplomático,   incluyendo coediciones  con instituciones  públicas  y privadas,  así como la edición  de otras publicaciones  oficiales,  con base en los acuerdos de la Comisión Editorial;

VII. Dirigir, coordinar y supervisar los servicios de información bibliográfica, hemerográfica  y fotográfica del Acervo Histórico Diplomático. Apoyar la organización de las bibliotecas de las representaciones  diplomáticas y consulares en el exterior y mantenerlas actualizadas;

VIII.   Difundir   las  investigaciones   históricas,   los  acervos   y  las  publicaciones   del  Acervo   Histórico Diplomático   y  del  Instituto  Matías  Romero,  entre  instituciones   educativas   y  centros  de  investigaciones nacionales y extranjeros, así como proponer y coordinar las actividades de difusión, tales como, coloquios, conferencias, seminarios y exposiciones;

IX. Coordinar y supervisar las funciones y atribuciones de la Unidad de Enlace establecida de conformidad con la Ley Federal de Transparencia  y Acceso a la Información  Pública Gubernamental,  su Reglamento  y los Lineamientos en la materia, así como difundir los temas y acciones a seguir que en materia de transparencia y acceso a la información competan a la Secretaría, y

X. Ejercer las demás atribuciones  que las disposiciones  legales confieran a la Secretaría, que sean afines a las señaladas en las fracciones anteriores o que le encomiende el Secretario.