ARTÍCULO 15. Corresponde a la Dirección General de Protocolo:
I. Vigilar y ser el conducto para la aplicación de las disposiciones relativas a las inmunidades y privilegios de las misiones diplomáticas y consulares acreditadas en México, así como de su personal, y hacer valer, en su caso, las reciprocidades que procedan;
II. Vigilar y ser el conducto para la aplicación de las disposiciones relativas a las inmunidades y privilegios de los organismos internacionales con sede o representación en México, basados en los acuerdos de sede correspondientes;
III. Ser el conducto para transmitir a las autoridades competentes, a solicitud de las representaciones extranjeras, la exención de pago de impuestos de los inmuebles de su propiedad, así como fabricar, custodiar y asignar las placas de circulación para vehículos de las embajadas, consulados y organismos internacionales y de sus funcionarios acreditados;
IV. Ser el conducto para transmitir los requerimientos de franquicias de importación y exportación de menajes de casa y vehículos de los funcionarios y personal técnico administrativo de las embajadas, consulados y organismos internacionales con sede o representación en México;
V. Mantener un registro del trato que reciben las representaciones de México en el exterior para efectos de aplicar un trato recíproco;
VI. Acreditar a los funcionarios y personal técnico administrativo adscritos a las embajadas, consulados y organismos internacionales con sede o representación en México, así como expedirles la documentación de identidad y otorgar las visas correspondientes;
VII. Revocar visas a los miembros del cuerpo diplomático y consular acreditado ante el gobierno de México, a petición de las representaciones extranjeras y de acuerdo con la normatividad vigente;
VIII. Apoyar a la Dirección General de Coordinación Política, en su trato con las representaciones extranjeras acreditadas en México y las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y los gobiernos de las entidades federativas y municipios;
IX. Publicar los directorios del cuerpo diplomático y consular y de los organismos internacionales con representación o sede en México;
X. Elaborar, para firma del Presidente de la República y del Secretario, el Exequátur que se otorga a los cónsules generales y cónsules honorarios a fin de que puedan cumplir con sus funciones, así como las autorizaciones definitivas y las cancelaciones correspondientes;
XI. Tramitar la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Exequátur y de las Autorizaciones Definitivas y Cancelaciones en términos de la legislación aplicable;
XII. Expedir los permisos a que se refieren las fracciones II, III y IV del apartado C) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
XIII. Tramitar ante la Secretaría de la Defensa Nacional, la autorización de los permisos de importación y portación de armas de fuego para personal de seguridad extranjeros, con base en el principio de reciprocidad;
XIV. Participar en la coordinación de los viajes del Presidente de la República y los del Secretario al extranjero, así como en aquellos eventos internacionales que se realicen en México y donde también participen;
XV. Coadyuvar en la elaboración de visitas oficiales a México de los jefes de Estado y de Gobierno y los titulares de Relaciones Exteriores de otros países;
XVI. Instrumentar lineamientos protocolarios aplicables a las particularidades de las visitas de Estado y de Gobierno;
XVII. Cuidar el oportuno envío de mensajes de carácter protocolario a jefes de Estado y de Gobierno;
XVIII. Llevar el control de las nóminas de gabinete de los países con los que México mantiene relaciones diplomáticas;
XIX. Organizar y atender los actos a los que asistan los cuerpos diplomático y consular, representantes de organismos internacionales y dignatarios extranjeros;
XX. Organizar y participar en las ceremonias de presentación de cartas credenciales y copias, ante el Presidente de la República y el Secretario, respectivamente;
XXI. Asesorar sobre temas de ceremonial mexicano a diferentes instancias de la Administración Pública Federal y de los gobiernos estatales que lo soliciten;
XXII. Proponer y tramitar la entrega de condecoraciones de la Orden Mexicana del Águila Azteca a diplomáticos acreditados en México y a personalidades extranjeras, llevando el registro correspondiente;
XXIII. Resguardar las existencias y el buen estado de las joyas de la Orden Mexicana del Águila Azteca; XXIV. Fungir como secretario del Consejo de la Orden Mexicana del Águila Azteca;
XXV. Coordinar el resguardo y la entrega de la “Insignia Benito Juárez al Mérito Internacional”; XXVI. Utilizar el Gran Sello de la Nación;
XXVII. Registrar y legalizar las patentes y despachos de ascenso y retiro de los integrantes de las Fuerzas Armadas de México;
XXVIII. Coordinar y apoyar la preparación de reuniones que se efectúen en el Área de Conferencias de la Secretaría, y
XXIX. Ejercer las demás atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretaría, que sean afines a las señaladas en las fracciones anteriores o que le encomiende el Secretario.
Structure Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores