Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores
Artículo 2

ARTÍCULO 2. Corresponde a la Secretaría: I. Ejecutar la política exterior de México;

II. Promover,  propiciar  y coordinar  las  acciones  en  el exterior  de  las  dependencias  y entidades  de  la

Administración  Pública Federal, de conformidad con las atribuciones que a cada una de ellas corresponda; III. Dirigir el Servicio Exterior Mexicano;

IV. Intervenir en toda clase de tratados, acuerdos y convenciones de los que el país sea parte, y

V. Supervisar el cumplimiento  de los objetivos consignados  en el Programa de Cooperación  Internacional para el Desarrollo.