Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores
Artículo  4

ARTÍCULO  4.  Las  representaciones   de  México  en  el  exterior  dependerán  administrativamente  de  la Secretaría en términos de la Ley del Servicio Exterior Mexicano y de su Reglamento.  Los titulares elaborarán en  coordinación   con  las  subsecretarías   sus  programas  de  trabajo  y  el  presupuesto   necesario  para  su ejecución;  asimismo,  serán  responsables   de  cumplir  con  los  objetivos  y  programas  de  trabajo  que  se establezcan y de la aplicación de los recursos que les sean autorizados.

Las representaciones  administrarán  los recursos humanos,  materiales,  financieros  e informáticos  que les sean  asignados,  de  conformidad  con  los  lineamientos  que  en  el  ámbito  de  su  competencia  emitan  las direcciones generales de la Oficialía Mayor.