ARTÍCULO 17. Corresponde a la Dirección General de Comunicación Social:
I. Captar, sistematizar, analizar y evaluar información concerniente a México originada en fuentes nacionales e internacionales, a fin de brindar apoyo a las distintas unidades administrativas, funcionarios y empleados de la Secretaría y a otras dependencias gubernamentales;
II. Establecer mecanismos de coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal a fin de coadyuvar en las actividades de difusión de información y promoción en el exterior;
III. Elaborar el programa de comunicación social de la Secretaría en concordancia con los lineamientos que para ese efecto marque la Secretaría de Gobernación;
IV. Mantener relación permanente con los medios informativos nacionales e internacionales, y difundir a través de ellos la política exterior mexicana, así como los objetivos, programas y acciones de la Secretaría;
V. Analizar y evaluar el flujo de información sobre acontecimientos nacionales e internacionales e identificar tendencias de comunicación en los medios;
VI. Dar seguimiento, analizar y evaluar el trato que se dé a la Secretaría en los medios nacionales e internacionales de información, a fin de detectar eventos que puedan repercutir desfavorablemente sobre su labor e imagen y realizar acciones preventivas o campañas para evitar la desinformación;
VII. Coordinar la realización de encuestas y sondeos de opinión respecto a las actividades de la Secretaría;
VIII. Crear archivos temáticos de información generada en los medios de comunicación, sobre eventos actuales en el ámbito nacional e internacional;
IX. Conservar y actualizar el archivo de comunicados e información oficial que difunda la Secretaría;
X. Preservar y actualizar el archivo fotográfico y de video de las actividades relevantes de la Secretaría;
XI. Operar como enlace para el intercambio de información con otras dependencias gubernamentales en los temas de su competencia;
XII. Distribuir material seleccionado de las principales publicaciones nacionales e internacionales entre las diversas áreas de la Secretaría;
XIII. Desarrollar actividades, programas y sistemas destinados a promover y fortalecer la presencia de la Secretaría en el ámbito nacional y la imagen de México en el exterior;
XIV. Elaborar y distribuir permanentemente a las representaciones de México en el exterior y a las unidades administrativas de la Secretaría información sobre los programas y actividades del gobierno de México y los sucesos relevantes de la vida nacional;
XV. Coordinar las actividades y atender las necesidades de los agregados de prensa en las representaciones diplomáticas y consulares, y
XVI. Ejercer las demás atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretaría, que sean afines a las señaladas en las fracciones anteriores o que le encomiende el Secretario.
Structure Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores