Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores
Artículo  3

ARTÍCULO  3. La Secretaría  realizará  sus  actividades  en forma  programada.  Para  tal efecto,  en cada programa  se precisará  la participación  que corresponda  a las unidades  administrativas  de la Secretaría,  sus órganos   desconcentrados   y  las  representaciones   diplomáticas   y  consulares,   tomando   en  cuenta   los lineamientos  del Plan Nacional  de Desarrollo  y las políticas,  prioridades  y modalidades  que para el logro de objetivos y metas dicte el Titular del Ejecutivo Federal.