ARTÍCULO 35. Corresponde a la Dirección General de Delegaciones:
I. Normar, autorizar y supervisar en territorio nacional las actividades y servicios de expedición de pasaportes y documentos de identidad y viaje, y la legalización de firmas de documentos públicos que deban surtir efectos en el extranjero;
II. Normar, conjuntamente con la Dirección General de Servicios Consulares, la expedición de pasaportes mexicanos ordinarios en las representaciones de México en el exterior;
III. Administrar el sistema de expedición de pasaportes, resguardar la información, generar estadísticas de los servicios que presten las delegaciones y subdelegaciones, así como elaborar proyectos que mejoren el procedimiento y servicio en la expedición de pasaportes, así como la supervisión y dirección de las delegaciones y subdelegaciones;
IV. Llevar el registro de los arraigos que comunique la Dirección General de Asuntos Jurídicos u otras autoridades, así como establecer impedimentos administrativos que restrinjan la expedición de pasaportes por causas justificadas;
V. Organizar, dirigir y supervisar a las delegaciones y subdelegaciones de la Secretaría, con objeto de que cumplan con las políticas generales y específicas en materia de expedición de pasaportes y legalización de firmas de documentos públicos que deban tener efectos en el extranjero;
VI. Expedir y autorizar con su firma los pasaportes diplomáticos, oficiales y ordinarios, así como el documento de identidad y viaje, de conformidad con las disposiciones vigentes;
VII. Elaborar las notas para la obtención de visas oficiales o diplomáticas correspondientes, en apoyo al resto de las unidades administrativas de la Secretaría y de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;
VIII. Proponer la creación de delegaciones, subdelegaciones y oficinas de enlace, su modificación, reubicación o desaparición, así como el nombramiento, comisión o remoción de los delegados, subdelegados y demás servidores públicos bajo su competencia;
IX. Realizar periódicamente visitas de supervisión a las delegaciones y subdelegaciones, a fin de evaluar, en especial que:
a) Su funcionamiento y operación, así como el de las oficinas de enlace de su circunscripción, se ajusten a las políticas que rijan la emisión y legalización de documentos a que se refieren las fracciones I y III de este artículo;
b) Exista una colaboración eficaz con otras unidades administrativas de la Secretaría, y
c) Se preste un servicio eficiente y de calidad a la ciudadanía.
X. Promover y coordinar el programa de desconcentración administrativa de los servicios que presta la Secretaría, a través del establecimiento de delegaciones y subdelegaciones, que podrán auxiliarse de oficinas de enlace estatales o municipales, mediante la suscripción de convenios de colaboración administrativa, conforme a la normatividad aplicable;
XI. Colaborar con las diversas unidades administrativas de la Secretaría en el desarrollo de sus atribuciones en las entidades federativas y municipios, mediante la organización, dirección y supervisión de las delegaciones y subdelegaciones, en las distintas funciones enunciadas en el artículo 51 ter de este Reglamento Interior;
XII. Expedir copias certificadas de los documentos, fichas microfilmadas o documentos digitalizados que obren en sus archivos y proporcionar información al respecto, a petición del Ministerio Público, autoridades jurisdiccionales, administrativas y del trabajo, o bien, cuando sean materia de solicitudes de acceso a la información, y
XIII. Ejercer las demás atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretaría, que sean afines a las señaladas en las fracciones anteriores o que le encomiende el Secretario.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del presente Reglamento, el Director General de Delegaciones, para el ejercicio de sus atribuciones, se auxiliará del Director General Adjunto de Pasaportes, del Director General Adjunto de Delegaciones, del Director de Supervisión, del Director de Normatividad, del Director de Operación de Pasaportes, del Director de Planeación y Administración de Insumos, del Director de Vinculación con los Estados, del Director de Evaluación y Mejora y de los Subdirectores Técnico-Consultivo y de Atención a Autoridades.
Structure Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores