ARTÍCULO 23. Corresponde a la Dirección General de Servicios Consulares:
I. Coordinar y normar el desarrollo de las labores consulares en materia de prestación de servicios consulares;
II. Participar en coordinación con las autoridades y unidades administrativas competentes de la Secretaría y de otras dependencias federales en el diseño e instrumentación de la política migratoria de México;
III. Instrumentar, en coordinación con el Instituto Matías Romero, acciones de capacitación y actualización para los servidores públicos que intervienen en la prestación de los servicios consulares;
IV. Promover y realizar estudios, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría y con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, respecto al análisis integral del fenómeno migratorio;
V. Emitir instrucciones a las representaciones de México en el exterior respecto de asuntos técnico- consulares y coordinarse para los mismos efectos con las demás unidades administrativas de la Secretaría que fueren competentes en asuntos políticos, culturales, de cooperación internacional para el desarrollo, comercial, turística y de imagen de México;
VI. Coordinar y normar la expedición en las oficinas diplomáticas y consulares de México en el exterior, de visas, certificados de matrícula consular, legalización de documentos públicos, certificación de documentos, actos del registro civil, actos notariales, cartillas del Servicio Militar Nacional, declaratorias de nacionalidad mexicana y demás actos jurídicos competencia de las oficinas consulares;
VII. Coordinar y normar, conjuntamente con la Dirección General de Delegaciones, la expedición de pasaportes ordinarios en las representaciones de México en el exterior;
VIII. Participar en los trabajos de las áreas competentes y de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en lineamientos y propuestas de México en materia de documentación migratoria;
IX. Ser el enlace de la Secretaría con la Secretaría de Gobernación y el Instituto Nacional de Migración en materia migratoria, respecto al ingreso de extranjeros a territorio nacional;
X. Proponer la apertura, cierre, o redefinición de las oficinas consulares de México en el exterior;
XI. Proponer la apertura, cierre, o redefinición de Consulados Honorarios, y sobre el nombramiento y término de funciones de los Cónsules y Vicecónsules Honorarios de México;
XII. Participar, en coordinación con las unidades administrativas competentes, en la preparación de evaluaciones relacionadas con la organización interna de las misiones diplomáticas y representaciones consulares, con el propósito de atender sus necesidades y requerimientos en materia de recursos materiales y humanos; así como proponer la asignación de personal;
XIII. Llevar las estadísticas de los actos consulares y migratorios que efectúen las oficinas consulares, vigilar que los informes sean rendidos de conformidad con las disposiciones aplicables en la materia, verificar el tipo de cambio de conversión con el cual se operará el cobro de derechos en moneda extranjera de los servicios que se prestan y, cuando proceda, notificar las modificaciones a la Ley Federal de Derechos;
XIII bis. Proponer al Secretario, por conducto del Subsecretario de la región geográfica que corresponda, la exención del pago de derechos por la expedición de las visas ordinarias en pasaportes extranjeros, en consideración a aspectos de reciprocidad internacional o en forma unilateral, con el fin de estimular el turismo y los intercambios comerciales o culturales, cuando se estime conveniente;
XIV. Elaborar las cartas patentes para el ejercicio de funciones de los Cónsules y Vicecónsules Honorarios y, en coordinación con las representaciones correspondientes, supervisar todo lo relativo al funcionamiento de dichas oficinas;
XV. Coordinar con las instancias competentes, las medidas de simplificación, modernización tecnológica y desregulación administrativa tendientes a mejorar la prestación de los servicios consulares y migratorios que ofrecen las representaciones de México en el exterior;
XVI. Coordinar, con la Dirección General de Tecnologías de Información e Innovación, la correcta administración de los sistemas de cómputo desarrollados para los servicios consulares, a fin de facilitar la generación de información y estadísticas en la materia;
XVII. Dar acceso, de conformidad con la Ley de Seguridad Nacional, a los sistemas de cómputo desarrollados para las tareas de documentación consular y, en el ámbito de su competencia, del fenómeno migratorio; así como coordinar con la Dirección General de Tecnologías de Información e Innovación, la correcta administración de los mismos, a fin de facilitar la generación de información y estadísticas en la materia;
XVIII. Coordinar sus acciones con las Subsecretarías que cuentan con unidades administrativas cuya competencia se determine por área geográfica, para el efecto de intercambiar información y coadyuvar en las acciones de tipo consular, así como con la Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior, y
XIX. Ejercer las demás atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretaría, que sean afines a las señaladas en las fracciones anteriores o que le encomiende el Secretario.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del presente Reglamento, el Director General de Servicios Consulares, para el ejercicio de sus atribuciones, se auxiliará de los Directores Generales Adjuntos de Servicios Consulares, y de Servicios Migratorios, del Director de Servicios Consulares, del Director de Servicios Migratorios, del Director de Recursos Consulares, del Director de Prospectiva e Innovación Consular y del Director de Normatividad Consular; así como de los Subdirectores y Jefes de Departamento correspondientes a cada Dirección de Área.
ARTÍCULO 24. Corresponde a la Dirección General del Proyecto de Integración y Desarrollo de Mesoamérica:
I. Proponer al Comisionado Presidencial de México del Proyecto de Integración y Desarrollo de Mesoamérica (Proyecto Mesoamérica), las acciones y estrategias para la implementación y seguimiento del Proyecto Mesoamérica;
II. Coadyuvar al ejercicio de las atribuciones del Comisionado Presidencial de México y de la Co-Presidencia Permanente en la Comisión Ejecutiva del Proyecto Mesoamérica;
III. Fungir como Comisionado Presidencial Adjunto de acuerdo a lo establecido en el Acta y el instrumento que institucionaliza el mecanismo;
IV. Participar y dar seguimiento a los trabajos y acuerdos de la Comisión Ejecutiva del Proyecto Mesoamérica;
V. Promover la coordinación entre las unidades administrativas competentes de la Secretaría, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y las autoridades estatales y municipales, con las instancias pertinentes de los países miembros y los Organismos Internacionales para el diseño, ejecución y seguimiento de los programas y proyectos del Proyecto Mesoamérica;
VI. Apoyar y coordinar la participación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y de las autoridades estatales y municipales en las reuniones, acuerdos o convenios y demás actividades que se deriven del seguimiento y ejecución de los programas y proyectos del Proyecto Mesoamérica;
VII. Impulsar, en coordinación con la Dirección General de Vinculación con las Organizaciones de la Sociedad Civil, la participación del sector privado y otros sectores de la sociedad en los programas y proyectos del Proyecto Mesoamérica;
VIII. Coordinar con las instancias competentes de la Secretaría y de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la gestión de financiamiento y cooperación para la ejecución de los programas y proyectos del Proyecto Mesoamérica;
IX. Promover y difundir, en coordinación con la Dirección General de Comunicación Social, los avances y resultados de los programas promovidos por el Proyecto Mesoamérica, y
X. Ejercer las demás atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretaría, que sean afines a las señaladas en las fracciones anteriores o que le encomiende el Secretario.
Structure Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores