ARTÍCULO 38. Derogado.
ARTÍCULO 39. Corresponde a la Dirección General de Cooperación y Promoción Económica Internacional:
I. Diseñar, dirigir, coordinar e instrumentar, en colaboración con las diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y Estatal y las representaciones de México en el exterior, las estrategias y actividades que en materia de atracción de inversión extranjera directa, promoción económica, comercial y turística realicen la red de embajadas, consulados y oficinas de México en el exterior;
I bis. Coordinar con instituciones gubernamentales de promoción económica y el sector privado nacional, acciones, proyectos y programas de cooperación internacional encaminadas a favorecer un mayor desarrollo económico de México;
II. Identificar oportunidades de exportación de productos mexicanos y de atracción de inversión extranjera directa, en colaboración con las representaciones de México en el exterior, dándoles el debido seguimiento en coordinación con las entidades y dependencias del sector público federal y estatal;
II bis. Promover una participación dinámica del sector privado nacional en los foros internacionales de cooperación, que favorezca el diálogo, la coordinación y la acción conjunta con el sector público;
II ter. Favorecer acciones de cooperación que contribuyan al fortalecimiento de las mejores prácticas empresariales y a mayor promoción de la responsabilidad social de las empresas, a nivel regional y mundial;
II quáter. Promover a través de acciones, proyectos y programas de cooperación internacional, el acceso a nuevas tecnologías para beneficio de las micro, pequeñas y medianas empresas de México para favorecer su competitividad, productividad, sostenibilidad e internacionalización en la economía global;
III. Fungir como enlace entre la Secretaría y las diversas dependencias y entidades del sector público federal y estatal, así como entre las empresas y organismos del sector privado de México y entre éstos y sus contrapartes en el exterior, para dar seguimiento a la ejecución de los programas, actividades y compromisos de promoción económica;
III bis. Apoyar a los gobiernos estatales y locales, así como al sector privado nacional, en el aprovechamiento de las oportunidades de negocios, comercio e inversión y a su integración a los mercados regionales y mundiales, acercándoles las oportunidades de capacitación y exploración ofrecidas por la cooperación económica internacional;
IV. Diseñar y coordinar, en conjunto con las dependencias y entidades del sector público federal y estatal y en su caso en coordinación con las áreas competentes de esta Secretaría, la realización de misiones de promoción económica en el exterior, y asistirlas en la consecución de sus objetivos generales y específicos, con particular énfasis en la atracción de inversión extranjera directa y la penetración sostenida y creciente de las exportaciones mexicanas en el exterior;
V. Promover en colaboración con las representaciones mexicanas en el exterior, las entidades y dependencias del sector público federal y estatal, la realización de misiones empresariales extranjeras hacia México para la exportación de productos mexicanos y la atracción de inversión extranjera directa, enfocadas a los sectores prioritarios y/o estratégicos;
VI. Participar en eventos públicos, privados y académicos, dirigidos a promover las actividades económicas de México con el mundo;
VII. Promover la imagen de México en el exterior, en coordinación con la Dirección de Comunicación Social, así como con otras dependencias y entidades del sector público federal y estatal, con el propósito de incrementar la exportación de los productos mexicanos y la atracción de inversión extranjera directa;
VIII. Proponer el nombramiento de funcionarios de la Secretaría como encargados de la promoción económica en las representaciones de México en el exterior;
IX. Fungir como enlace para dar trámite a las solicitudes de empresarios extranjeros y mexicanos, y de las representaciones de gobiernos extranjeros acreditadas en México, relacionadas a temas de promoción económica;
X. Planear, programar, organizar y dirigir los talleres y seminarios para la capacitación y actualización a las representaciones de México en el exterior, en materia de promoción económica, así como instrumentar con el Instituto Matías Romero, acciones para la capacitación y actualización de los miembros de las representaciones de México en el exterior, y
XI. Ejercer las demás atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretaría, que sean afines a las señaladas en las fracciones anteriores o que le encomiende el Secretario.
Structure Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores