ARTÍCULO 51 bis. Al frente de cada una de las delegaciones y subdelegaciones habrá un delegado y subdelegado, respectivamente, quienes serán auxiliados en el ejercicio de sus funciones por los servidores públicos necesarios.
Corresponde a las delegaciones y subdelegaciones de la Secretaría, expedir pasaportes ordinarios y legalizar las firmas de los documentos públicos que deban producir efectos en el extranjero.
Structure Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores