ARTÍCULO 54.- La ficha sanitaria individual comenzara a formarse desde el momento en que cause alta el interesado en el ejercito, comprenderá un resumen anamnesico, personal y familiar y la historia clínica reducida de todas las atenciones que se hayan impartido al interesado, con motivo de las visitas diarias o de cada cuatro meses. Cuando algún individuo cambie de corporación, se enviaran un duplicado al servicio medico de su nuevo destino, archivándose el original, y cuando se hospitalice se remitirá una copia anexa a los documentos de ingreso al hospital correspondiente.
Structure Reglamento General para el Servicio de Sanidad Militar